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viernes, 13 de abril de 2018

HOY, EN NUESTRA PELÍCULA DE LOS VIERNES: LA HAINE (EL ODIO)

LA PELÍCULA DE LOS VIERNES

EL ODIO (LA HAINE)

Año: 
1995
Duración: 95 Minutos
Dirección: Mathieu Kassovitz
Guión: Mathieu Kassovitz
Fotografía: Pierre Aim
Reparto: Vincent Cassel, Hubert Koundé, Said Taghmaoui, Abdel Ahmed Ghili, Solo, Joseph Momo, Heloise Rauth, Rywka Wajsbrot, Olga Abrego, Laurent Labasse, Choukri Gabteni, Nabil Ben Mhamed, Benoit Magimel, Mathieu Kassovitz, Anthony Souter 
Género:  Drama. Crimen. Bandas. Película de culto
Sinopsis: Tras una noche de disturbios en un barrio marginal de las afueras de París, tres amigos adolescentes, Vinz, Said y Hubert (un judío, un árabe inmigrante y un boxeador amateur negro, respectivamente), son testigos de un hecho, en el que su amigo Abdel resulta herido por la policía. El deambular por la ciudad, la violencia entre bandas y los conflictos con la policía son las constantes en las 24 horas siguientes de la vida de estos jóvenes.
Premios: 
1995: Festival de Cannes: Mejor Dirección 
1995: Premios del Cine Europeo: premio de la juventud
1995: Premios Cesar: Mejor película y montaje. 10 nominaciones.

Algunas críticas:
-Roger Ebert (rogereber.com):  El final de la película es más o menos predecible e inevitable, pero es igualmente efectivo. La película no se trata del final. No se trata del aterrizaje, sino de la caída.
-Variety: Una visión extremadamente inteligente de una realidad estúpida. Kassovitz ha conseguido un tono maduro y cohesión narrativa.
-Alan Morrison (Empire): Una fotografía en blanco y negro exquisita. El éxito de Mathieu Kassovitz fue encontrar humanidad en cada uno de sus personajes.
-Indiewire: Dice tanto del presente como del pasado. Kassovitz demuestra que es un gran cineasta con su impresionante trabajo de cámara. Trasciende la noción de identidad francesa.
-Time Out: Hay una madurez y una profundidad en la caracterización que van más allá de la mera propaganda política. Una obra vital y agitada.

TRABAJO SOCIAL A TRAVÉS DEL CINE: 
Desempleo, racismo y discriminación. 
El odio es una película que muestra la situación de los jóvenes marginados en los suburbios de París. Una cruda muestra de sus vidas enfrentados al desempleo, el racismo y la discriminación. 
Una visión interesante desde el punto de vista de los jóvenes, unos jóvenes que no encuentran alternativas para salir de la precaria situación en la que se encuentran. 
Podemos trasladar esta situación a la actualidad, una actualidad llena de jóvenes que pierden el interés y tienen que buscar estrategias de supervivencia para superar las circunstancias a las que se encuentran tanto ellos como su familia. 
Una triste realidad a la que, desde el trabajo social, no podemos dar la espalda.

Consulta el Trailer aquí: 

jueves, 10 de junio de 2010

Campaña de CEAR para luchar contra la discriminación de las personas inmigrantes en el trabajo


CEAR (Comisión Española de Ayuda al Refugiado) está desarrollando una campaña de sensibilización con el fin de potenciar los aspectos positivos del acceso y permanencia al mercado de trabajo de las personas inmigrantes, previniendo su discriminación, dentro del marco del Programa Operativo de “lucha contra la discriminación” financiado por el Ministerio de Trabajo e Inmigración.

En su página web proporcionan interesantes y prácticos consejos para denunciar situaciones de discriminación en el mundo laboral.


¿Qué hacer si has sufrido discriminación, acoso o represalias en el ámbito laboral?

Marco legal:

Las Directivas Europeas 2000/43/CE y 2000/78/CE prohíben discriminación, acoso y represalias por motivos de origen racial o étnico (entre otros) en el área del empleo y de la formación. Existen otras leyes que también contemplan la discriminación racial en áreas como la educación, sanidad, y acceso a bienes y servicios, incluida la vivienda. Estas leyes se suman a las ya existentes referentes a la discriminación sexual.

En el derecho español, las dos directivas se han plasmado en la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, económicas y del orden social, dicha ley ha modificado el articulado de la legislación laboral, la ley de procedimiento laboral y la Ley sobre Infracciones y Sanciones. Asimismo, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres, avanza y mejora este ámbito legislativo.

En este sentido, para el derecho de nuestro país, la discriminación en el empleo se encuentra tipificada como delito en el art. 314 del Código Penal.

Por otro lado, según el Art. 13 de la Directiva Europea 43/2000 los Estados miembros deben designar uno o másorganismos responsables de la promoción de la de la igualdad de trato. Uno de los objetivos fundamentales de este organismo es el de prestar asistencia independiente a las víctimas de discriminación a la hora de tramitar sus reclamaciones por discriminación. En España se trata del "Consejo Para la Promoción de Igualdad de Trato y no Discriminación de las Personas por su origen Racial o Étnico". Este organismo quedó constituido formalmente el pasado 27 de octubre de 2009, pero aún no ha comenzado a ejercer sus funciones".

Frente a esta carencia, es importante que sepas, que existen organizaciones que si tienen servicios específicos de asistencias ante denuncias de racismo, como lo son SOS Racismo y Movimiento contra la Intolerancia.

En la administración pública, sólo existen en ciudades comoBarcelona: Oficina Municipal de Denuncias y en Madrid: donde el Ayuntamiento ha creado un servicio de asistencia jurídica en casos de racismo, mediante un convenio con elColegio de Abogados de esta Provincia.


Procedimiento que establece la ley para denunciar cualquier tipo de acto discriminatorio:

1) QUIÉNES PUEDEN DENUNCIAR:

• Las personas legitimadas para interponer una denuncia por discriminación son:
• La víctima.
• Sus representantes legales si ésta es menor de edad.
• Cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos (no es imprescindible para denunciar haber visto el hecho personalmente, puedes denunciar por haberlo conocido por cualquier otro cauce).

En este sentido, el artículo 264 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece: “El que por cualquier medio conociera la perpetración de un delito debe denunciarlo al juzgado de guardia, sin estar obligado a probar los hechos.”

2) DÓNDE SE PRESENTA LA DENUNCIA:

Una denuncia por discriminación puede presentarse en:

• La comisaría de policía.
• En los juzgados de guardia.

Es aconsejable dirigirse al juzgado de guardia de la localidad, porque están abiertos las 24 horas.

3) DENUNCIA ANTE EL JUZGADO DE GUARDIA: FORMALIDADES.

• Hay dos formas de hacerlo: de forma escrita u oralmente. Como la víctima es la que puede contar los hechos de forma literal, lo más recomendable es llevar la descripción de los hechos que se van a denunciar de forma escrita y si es en ordenador o a máquina, mejor aún. Esto agiliza mucho la gestión, y los funcionarios judiciales suelen preferirlo.

• Descripción de los hechos: en la denuncia se describen hechos, no hay que exponer cuestiones legales. Dentro de los hechos es importante consignar la hora y el lugar donde éstos sucedieron para facilitar la localización del agresor.

• Hay que consignar un domicilio para las notificaciones, puede ser el de un amigo o familiar, o el de la organización que te está asistiendo.

4) DIFERENCIA ENTRE “FALTA” Y “DELITO”:

Es muy importante tener bien clara esta diferencia. Lo que marca la diferencia entre una y otra es la gravedad de los hechos.

• Las faltas: son los hechos punibles de escasa gravedad. Por ejemplo: insultos y amenazas leves, etc. Cuando existe un problema por faltas, suele resolverse en un Juicio de Faltas, que es mucho más sencillo y rápido que un juicio donde se ventilan delitos.

• El delito: es una acción antijurídica, típica, culpable y es sancionada con una pena. Esto quiere decir, que se trata de acciones que transgreden el orden público y que necesariamente tienen que estar previamente reconocidas en las leyes, describiendo la conducta y el castigo para quien los realice. Por ejemplo: homicidios, violación, robo o extorsión.

5) DELITOS COMETIDOS POR MOTIVOS RACISTAS Y DISCRIMINATORIOS:

El Código Penal, en el artículo 24.4, lo señala como un agravante, es decir, que aumenta la responsabilidad criminal del que comete el delito cuando lo hace por motivos racistas, antisemitas o por otra clase de discriminación.

lunes, 12 de abril de 2010

OFICINA DE DENUNCIAS EN INTERNET PARA DELITOS DE ODIO

MOVIMIENTO CONTRA LA INTOLERANCIA

NOTA DE PRENSA

Denuncia a grupos en Facebook que promovían el asesinato y la violencia hacia Esteban Ibarra. Movimiento contra la Intolerancia crea una

Oficina de Denuncias en Internet para Delitos de Odio.

denunciamci@gmail.com

Alertados por una periodista del diario Publico.es, Movimiento contra la Intolerancia y su presidente, Esteban Ibarra, tuvieron conocimiento de que se había conformado un grupo de 61 personas en Facebook denominado “Yo también pienso que Esteban Ibarra debe morir” desde donde se realizaban comentarios hacia su persona de tinte racista que incluían la disposición de financiar su asesinato y se alentaba la violencia contra su persona.

Con una evidente participación de neonazis se comprobó que también algunos de estos también alentaban el grupo “Muerte al Islam” desde donde se amenazaba a una ciudadana rumana y gitana, afiliada al PSOE. A su vez se detectó otro grupo con 793 participantes denominado “Odio a Esteban Ibarra” que promovía a la violencia, el racismo y la xenofobia. Y más grave aún, la constatación de numerosos casos de agresiones por internet.

Durante el día de ayer, Movimiento contra la Intolerancia informó a la Delegación de Gobierno y se procedió a denunciar a estos grupo en la Brigada Provincial de Información de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, que ha cursado la correspondiente denuncia al Juzgado e investiga quienes son los autores y promotores de esas webs y grupos en Internet.

Tras la constatación de la incesante comisión de delitos de odio y racismo, Movimiento contra la Intolerancia informa que de manera inmediata pone en funcionamiento una Oficina de Denuncias en Internet (denunciamci@gmail.com) asistida por un letrado de la asociación que canalizará hacia las Fiscalías de delitos de odio y discriminación recién creadas en Barcelona, Madrid y Audiencia Nacional las denuncias que se recojan de los usuarios de Internet por incitación al odio, discriminación y violencia por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión, situación familiar, pertenencia a una etnia, origen nacional, sexo y orientación sexual o cualquier otro motivo discriminatorio.

Durante las últimas horas cientos de internautas han mostrado su indignación y se ha producido una reacción reclamando un BASTA YA! a la impunidad neonazi en Internet. Esteban Ibarra ha recibido entre otras reacciones, la solidaridad de Mavi Muñoz, madre de Carlos Palomino, asesinado por un neonazi, y presidenta de la Asociación de Víctimas del Fascismo y del Racismo, de la Asociación de Solidaridad con los Inmigrantes, de la Comunidad Judía de Madrid, de la Federación de Musulmanes en España, Asociación para la Concordia (ACOM) y de la Plataforma contra la Impunidad que agrupa a decenas de asociaciones afectadas y víctimas de la intolerancia criminal.

En esta foto teneis una muestra del odio y la agresividad de esta gente. Aunque hayan borrado perfiles, tenemos todo capturado. Aquí os dejo una muestra de los comentarios racistas, antisemitas e islamófobos de una imagen que colgaba el tal Panzer Acab contra los judíos.


Publicado en Baxtalo´s Blog, BLOG DEDICADO A LA INTERCULTURALIDAD Y LA LUCHA CONTRA LA ROMAFOBIA Y EL ANTIGITANISMO.