En representación de
Desde nuestra perspectiva de lo social, entendemos que es a partir de los derechos humanos desde donde se debe trabajar, para conseguir que las personas con discapacidad no sean excluidas de la sociedad sino que formen parte de ella y disfruten de los mismos derechos y libertades de los que gozan todos los individuos. La sociedad debe caminar hacia unos horizontes donde la educación promueva valores reales que no den lugar a la discriminación. Estos derechos deben prevalecer independientemente de las peculiaridades de cada uno.
Derechos indivisibles, interdependientes e interrelacionados.
Derecho a la no distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en su condición de discapacidad basada en el efecto de deteriorar el disfrute de los derechos humanos y libertades fundamentales.
Derecho a la igualdad de oportunidades.
Derecho a una completa igualdad y protección ante
Derecho a la salud para un tratamiento médico, psicológico y funcional, de igual manera a una rehabilitación médica y social y otros servicios necesarios para el máximo desarrollo de las capacidades, habilidades y auto-confianza
Derecho a trabajar, de acuerdo con sus capacidades, a recibir salarios igualitarios que contribuyan a un estándar de vida adecuado.
Derecho a ser tratado con dignidad y respeto. La sola idea de tener que plantear como derecho el ser tratado con dignidad y respeto es algo sintomático de que en nuestra sociedad algo está fallando.
¡SUBSANEMOS ESE FALLO Y CAMBIAREMOS
"Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición............. no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional....... Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Declaración Universal de los Derechos Humanos,
Art. 1, 2, 7 y 25
POR:
Rocío Rodríguez Gutiérrez
Mª Isabel Ruiz de los Paños Jiménez
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