jueves, 23 de septiembre de 2010

Comités de ética para la atención social


Esta semana se han hecho públicas dos iniciativas relacionadas con la creación y constitución de comités de ética desde la perspectiva social: Una de ellas, promovida por el Gobierno de Navarra, es la aprobación de un decreto que regula la creación del Comité de Ética para la atención social. Por otra parte, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ha constituido el Comité de Ética Asistencial del Hospital de Parapléjicos de Toledo.


El Gobierno (de Navarra) aprueba la creación de un comité de ética para la atención social

Publicado en el Abc del 20/09/2010

Pamplona, 20 sep (EFE).- El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy un decreto que regula el comité de ética en la atención social de Navarra, un órgano consultivo, interdisciplinar e independiente.

Este comité será el encargado de velar por que la práctica asistencial no vulnere el derecho de las personas que reciben los servicios sociales y respete su personalidad, dignidad e intimidad, sin discriminación alguna; y se ocupará además de identificar, analizar y evaluar los aspectos éticos de la práctica social.

El decreto regula, asimismo, los comités de ética de carácter sectorial o de centro, que tienen funciones análogas en estos ámbitos más reducidos.

Se trata con ello de dar una atención correcta en los procedimientos y programas y de aplicar una distribución justa de los recursos y las prestaciones, orientadas no sólo al derecho a la asistencia sino al logro de la autonomía de las personas que los utilizan y a su transformación en agentes activos en la participación y gestión de esos servicios.

El Gobierno ha indicado que la idea parte de la experiencia de los comités de ética en el ámbito sanitario, que a su juicio han puesto de manifiesto su valor en la protección de los derechos humanos y en la integración de los principios y valores morales en la toma de decisiones.

Quiere por ello trasladar esta experiencia al sistema de los servicios sociales, haciendo de los comités de ética un recurso que facilite a todas las personas implicadas en ellos (profesionales, usuarios, familias o representantes legales, instituciones, entidades y otros agentes sociales) el asesoramiento ético necesario para la toma de decisiones en este campo.

El decreto establece también que este comité de ética tendrá como ámbito de actuación el de todos los servicios sociales de Navarra y de los comités de ética de carácter sectorial, cuyo ámbito se circunscribirá a un área de los servicios sociales o a un área de actuación concreta.

De acuerdo con el texto, podrá actuar a instancias de los usuarios de los servicios sociales, sus familias o representantes legales, profesionales de los servicios sociales y responsables de la dirección y gestión de los centros, servicios e instituciones, si bien no podrá instarse de nuevo su actuación sobre cuestiones que ya se hayan planteado y resuelto con anterioridad ante cualquiera de dichos comités.

El comité de ética estará compuesto por siete personas, entre las que no podrá haber cargos directivos de libre nombramiento del Gobierno de Navarra o de entidades o empresas dependientes de él, que serán nombradas por tres años renovables por igual periodo de tiempo, sin que pueda excederse de 9 años.

Dependerá orgánicamente del departamento de Asuntos Sociales pero gozará de "plena autonomía en todas sus actuaciones".

El decreto fija además que este comité deberá reunirse en convocatoria ordinaria como mínimo cuatro veces al año y adoptará sus acuerdos por unanimidad o, si esto no fuera posible, por mayoría no inferior a dos tercios.

Sus miembros respetarán el principio de confidencialidad en lo que respecta a la documentación recibida, preservarán asimismo el secreto en sus deliberaciones y no podrán percibir directa ni indirectamente remuneración alguna.

Por su parte, los comités de ética sectoriales o de centro se crearán con carácter voluntario por acuerdo de los órganos competentes de cada centro o centros en los que vayan a intervenir.

Estarán formados por 5 personas, deberán acreditarse ante el departamento de Asuntos Sociales y tampoco podrán percibir remuneración alguna. EFE


Constituyen el Comité de Ética Asistencial del Hospital de Parapléjicos (en Toledo)

Publicado en el Abc del 23/09/2010

Toledo, 23 sep (EFE).- Un total de 15 profesionales integran el comité de ética asistencial del Hospital Nacional de Parapléjicos de Toledo, un órgano consultivo cuyo objetivo es analizar y asesorar en el caso de conflictos éticas que puedan surgir durante la relación asistencial.

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado esta semana la resolución de la Dirección Gerencia del SESCAM en la que se acuerda la constitución del comité de ética asistencial del Hospital de Parapléjicos, según ha informado la Junta.

La constitución de estos comités se sustenta en el Decreto aprobado por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha en julio de 2006, en el que se establece que estos órganos se encargarán de orientar y asesorar a los profesionales sanitarios en la toma de decisiones que requieran una valoración de aspectos éticos.

El comité de ética asistencial de Parapléjicos está integrado por 15 personas, entre ellas, licenciados y diplomados sanitarios de los distinto servicios del centro, trabajadores sociales, juristas, filósofos y expertos ajenos al ámbito sanitario y lo preside el doctor Antonio José Ruiz Moruno.

Dado que la función de este órgano es exclusivamente de asesoramiento, su autoridad es únicamente moral y sus informes no serán vinculantes y nunca podrán sustituir las decisiones de los profesionales.

Los comités de ética pueden emitir informes que faciliten la toma de decisiones en aquellas situaciones en que se planteen dilemas éticos y proponer protocolos de actuación en los que se establezcan criterios para afrontar situaciones en las que habitualmente se susciten dilemas éticos. EFE


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