jueves, 8 de abril de 2010

V Plan Regional de Vivienda y Rehabilitación de Castilla- La Mancha 2009-2012

El Plan V de Vivienda tiene una dotación de 650 millones de euros, la mayor dedicada a fomentar el acceso a la vivienda.

PRINCIPALES NOVEDADES DEL PLAN:

  • Amplía el número de personas, familias y colectivos que pueden optar a las ayudas.
  • Contempla un sistema de adelanto de pagos de las ayudas para facilitar que las personas beneficiarias puedan acceder a una vivienda y pagar la entrada.
  • Promueve un tratamiento especial a los jóvenes y favorece el acceso a la vivienda de colectivos vulnerables o con dificultades.
  • Impulsa la figura de los Alojamientos Protegidos.
  • Incorpora una serie de medidas específicas para dar salida al stock de viviendas sin vender.
  • Apuesta por la vivienda protegida.
  • Estimula el alquiler y el alquiler con opción a compra.
  • Refuerza los programas de rehabilitación y renovación de tejidos urbanos.
  • Incorpora las ayudas a la eficiencia energética en la promoción de viviendas.

Alojamientos Protegidos para colectivos especialmente vulnerables y otros colectivos específicos


1. Los Alojamientos Protegidos para colectivos especialmente vulnerables se destinarán a albergar a los siguientes colectivos:

a) Unidades familiares con ingresos que no excedan de 1,5 veces el IPREM.
b) Jóvenes, menores de 36 años.
c) Personas mayores de 65 años.
d) Mujeres víctimas de violencia de género.
e) Víctimas del terrorismo.
f) Personas afectadas por situaciones catastróficas.
g) Personas dependientes o con discapacidad oficialmente reconocida, y las familias con dependientes a su cargo.
h) Personas separadas o divorciadas, al corriente del pago de pensiones alimenticias y compensatorias, en su caso.
i) Personas sin hogar o procedentes de operaciones de erradicación del chabolismo.
j) Personas afectadas por operaciones en áreas de renovación urbana o en áreas rehabilitación integral que sea necesario realojar.
k) Otros colectivos en situación o riesgo de exclusión social.

2. Los Alojamientos Protegidos para otros colectivos específicos se destinarán a albergar a personas relacionadas
con la comunidad universitaria, o personal investigador y científico.

3. Los alojamientos acogidos a este programa deberán reunir las siguientes condiciones:

a) La promoción podrá ser de iniciativa pública o privada.
b) Podrán edificarse sobre suelo al que la ordenación urbanística atribuya cualquier uso compatible con los destinos
de estos alojamientos.
c) Deberán formar parte de edificios o conjuntos de edificios destinados en exclusiva y por completo a esta finalidad.
d) La superficie útil de cada alojamiento será como mínimo de 15 metros cuadrados por persona, con un máximo de 45 metros cuadrados. No obstante, un máximo del 25 por 100 del total de los alojamientos de cada promoción podrá tener una superficie útil máxima de 90 metros cuadrados, con el fin de poder alojar a unidades familiares o grupos de personas que requieran una superficie mayor a la determinada con carácter general.
e) A efectos de financiación por el presente Decreto, la superficie útil protegida destinada a servicios comunes o asistenciales de las personas alojadas, que deberán estar integrados en el propio edificio o conjunto de edificios, no podrá exceder del 30 por 100 del total de la superficie útil de los alojamientos, con independencia de que la superficie real sea superior.
A estos efectos, también podrán estar protegidas las plazas de garaje vinculadas a los alojamientos, según la normativa municipal. Su superficie útil máxima computable, así como su precio máximo de referencia por metro cuadrado de superficie útil, serán los establecidos para las Viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial, cuando se trate de alojamientos para colectivos especialmente vulnerables, o de Viviendas de Protección Oficial de Régimen General, en el caso de los destinados a otros colectivos específicos.
f) La duración del régimen de protección, que excluye descalificación voluntaria, será de carácter permanente mientras subsista el régimen del suelo, si los alojamientos hubieran sido promovidos en suelo destinado por el planeamiento a vivienda protegida, o en suelo dotacional público, y, en todo caso, durante un plazo no inferior a 30 años, y de 30 años, si las viviendas hubieran sido promovidos en otros suelos, por prescripción de lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 2006/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012.

4. El régimen de ocupación de estos alojamientos será el alquiler protegido. En todo caso, para la determinación de las cláusulas del contrato de alquiler y su duración, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, y a las demás circunstancias que se prevean, en su caso, en la Orden que a tal efecto apruebe la Consejería competente en materia de vivienda.
La adjudicación de los Alojamientos Protegidos de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o de las Empresas pertenecientes al Sector Público Regional se realizará en consonancia con la normativa vigente de adjudicación de viviendas de iniciativa pública regional.

En http://www.planvclm.es se puede encontrar información y documentación sobre:
- Objetivos sociales y presupuestos del Plan.
- Principales actuaciones y novedades del Plan.
- Guías prácticas de Vivienda de Castilla- La Mancha y estatal.
- Normativa reguladora estatal y de Castilla- La Mancha.
- Ayudas a la Vivienda clasificadas por tipos (6).
- Ayudas a la Vivienda clasificadas por colectivos (33).
- Renta Básica de Emancipación.
- Simuladores de las diferentes líneas de Ayudas del V Plan.
- Información sobre las 8 Oficinas de Vivienda de Castilla- La Mancha: cinco capitales de provincia, Alcázar de San Juan, Puertollano y Talavera de la Reina. Funciones que cumplen, dirección postal y horarios de atención.
- Teléfono 900 11 00 11, es imprescindible pedir cita previa para acudir a las Oficinas.
- Registro de Demandantes de Vivienda de Protección Pública. Qué es, inscripción, renovación,actualización de datos, baja voluntaria, baja obligatoria, requisitos, descarga
de solicitud, documentación a presentar, resolución de la solicitud.
- Formularios de Solicitud de las ayudas contempladas en el V Plan.
o Ayudas a la Compra de Vivienda.
o Ayudas al Alquiler.
o Ayudas a la Promoción de Viviendas.
o Ayudas a la Adquisición y Urbanización del Suelo.
o Ayudas a la Rehabilitación de Viviendas y Edificios de Viviendas.
o Ayudas para Áreas de Rehabilitación Integral (ARI).
- Información y formulario para promotoras.
- Adjudicación ayudas de Viviendas de Iniciativa Pública Regional y Otras promociones
de Vivienda protegida.

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