domingo, 25 de octubre de 2009

Campaña sobre la colegiación obligatoria de los trabajadores sociales

En Castilla-La Mancha se estima que hay unos 5.431 trabajadoras/es sociales, según el Estudio de la Situación Profesional y Socio-demográfica, presentado en Albacete, el pasado 16 de mayo de 2009, por el Colegio Oficial de Trabajo Social de nuestra región. Pero solamente 603 estamos colegiadas/os (un 11,1% del total).

A la vista de estos datos, por la RESOLUCIÓN DE 04-09-2009, DEL COLEGIO OFICIAL DE TRABAJO SOCIAL DE CASTILLA- LA MANCHA, se ha adoptado el siguiente acuerdo:
EXIGIR LA COLEGIACIÓN OBLIGATORIA A TODAS/OS LAS/OS PROFESIONALES DEL TRABAJO SOCIAL QUE TRABAJAN O EJERCEN LA PROFESIÓN EN CASTILLA- LA MANCHA, EXCEPTO A LAS/OS FUNCIONARIAS/OS DE CARRERA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA- LA MANCHA, QUE SERÁ VOLUNTARIA.

El artículo 3.1 de la Ley 17/2002, de 10 de octubre, de creación del Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Castilla-La Mancha (BOE nº 301 de 17-12-2002 y DOCM nº 53 de 01-05-2002) dice que “El Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales agrupará a los Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales que ejerzan la profesión en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha”.

Todas/os las/os Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales tienen la obligación de estar colegiadas/os para ejercer la profesión, excepto los funcionarios y el personal laboral de la Junta de Comunidades, teniendo en cuenta lo que dispone el Estatuto de la función pública. Aún así, un Informe elaborado por el Colegio profesional concluye que:

Sólo en casos excepcionales (no prestar servicios o no realizar actividades profesionales cuyos destinatarios inmediatos sean los ciudadanos ni el personal al servicio de la Administración. En otras palabras, no realizar atención directa o indirecta a los ciudadanos ni prestar servicios que redunden en los mismos), las/as funcionarias/os Trabajadoras/es Sociales de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha están exentos de tal obligación.



1 comentario:

Anónimo dijo...

Así que si estoy en una asociación, trabajo en "precario" y me pueden despedir cada año para no hacerme fijo debo colegiarme pero si soy funcionario y tengo un estatuto que me protege y un sueldo adecuado no?...
Esntonces para qué me sirve ese Colegio?
Menos mal que trabajo como agente social en precario y por poco tiempo!!!