sábado, 26 de marzo de 2016

XVI Dictamen del Observatorio Estatal de la Dependencia de la Asociación de Directoras y Gerentes de SS.SS.



 
Invertir en un mejor sistema, que permita apoyar en su vida cotidiana a las personas dependientes, que posibilite conciliar a las familias, que genere empleo e importantes retornos a las arcas públicas, y que esté basado en inequívocos principios de justicia y de solidaridad recíproca, es una de las medidas más inteligentes y demandadas que puede tomar un gobierno actualmente en España (ADGSS, 2016, p. 3)
Hoy hace un mes de la publicación del XVI Dictamen del Observatorio dela Dependencia de la Asociación de Directoras y Gerentes en Servicios Sociales.
El dictamen contiene la información de la gestión del SAAD referida al ciclo político completo del Gobierno presidido por Mariano Rajoy. Recoge la culminación del calendario progresivo de implantación de la Ley 9/2006 que se cerró el 1 de julio de 2015 con el reconocimiento de derecho a atención a todas las personas dependientes sea cual sea su Grado.
Para la Asociación de Directoras y Gerentes de SS.SS., el Sistema de Atención a la Dependencia se encuentra en punto crucial de su desarrollo y consideran que ha llegado el momento de tomar decisiones basadas en las evidencias en la gestión del mismo.
Este dictamen se ha realizado considerando los datos oficiales de la gestión del Sistema de Atención a la Dependencia hasta 31 de diciembre de 2015. 
Para llevar a cabo todo el procedimiento, se ha utilizado una escala de valoración de la implantación y desarrollo de la Ley utilizando las siguientes variables: 
  1. Personas beneficiarias sobre el total de la población potencialmente dependiente
  2. Solicitudes sobre el total de la población potencialmente dependiente
  3. Porcentaje de personas que no obtienen grado sobre el total de personas dictaminadas
  4. Personas con derecho, pendientes de servicio/prestación
  5. Equilibrio servicios/prestaciones económicas
  6. Integración efectiva en la red de servicios sociales básicos
  7. Incremento interanual personas atendidas
  8. Gasto público en dependencia por población potencialmente dependiente.
  9. Incremento o pérdida interanual de expedientes Grado III
  10. Innovación y buenas prácticas
  11. Sistemas de información en tiempo real y Modelo de seguimiento sistematizado
  12. Empleo Generado Sistema Dependencia en la CC.AA.
  13. Ratio de Prestaciones por persona beneficiaria en las CC.AA. como indicio de calidad del sistema.
  14. Ratio de servicios proximidad /prestaciones económicas. Servicios proximidad: SAD/Centros de día/Teleasistencia/Ap.

EVIDENCIAS

1. En España hay más de 1.180.435 personas en situación de dependencia reconocida. Un 2,5% de la población española no puede desarrollar las actividades básicas de la vida diaria sin apoyos de mayor o menor intensidad.
2. El número de personas dependientes reconocidas ha descendido en 100.000 personas desde finales de 2011.
3. Tras nueve años de implantación de la LAPAD, un tercio de las personas dependientes no recibe ninguna prestación o servicio del sistema de atención a la dependencia aun cuando tiene pleno derecho a las mismas.
4.  De las 384.326 personas desatendidas, un 27% son dependientes con Grado III (37.764) o con Grado II (68.509).
5.  Las medidas adoptadas por el último Gobierno frenaron en seco el desarrollo del sistema entre 2011 y principios de 2015. A ello contribuyó decisivamente el Real Decreto ley 20/2013 de 13 de julio cuyo impacto es aún vigente.
6.  En 2015, especialmente a partir de la segunda mitad del año, se vuelven a producir incrementos significativos de personas atendidas, coincidiendo con la entrada al sistema de todos los dependientes con Grado I. Habrá que valorar más adelante si realmente hay un cambio de tendencia.
7. Se mantienen las gravísimas desigualdades entre territorios tanto en cobertura como en modelos de gestión. Es previsible que haya algunas Comunidades Autónomas que no puedan recorrer el camino que les queda sin un cambio drástico de modelo de atenciones y una inyección financiera específica.
8. El Gobierno ha incumplido la Disposición Final séptima de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, como posibilidad para transferir los asuntos judicializados al orden de lo Social. Las personas dependientes y de sus familias se ven abocadas a reclamar sus derechos en procedimientos contenciosos-administrativos lentos, costosos, farragosos y nada garantistas.
9. En los últimos cuatro años, con una estimación conservadora, el número de personas dependientes fallecidas sin llegar a recibir prestaciones o servicios superó las 125.000. Estas personas no fallecieron por esa causa, pero sí lo hicieron con la expectativa incumplida de recibir atenciones.
10.Sigue sin evaluarse el impacto negativo de género que puede estar teniendo la feminización de los cuidados en la medida en que estos no son resultado de una libre elección, han perdido el apoyo que conllevaban las cotizaciones a la seguridad social y se han convertido en una imposición social y económica.
11.La aportación de los usuarios (copago) se estima en un 20% sobre el total de gasto directo del sistema.
12.El gasto público se distribuye incumpliendo lo previsto en la Ley (50%) debido al modelo de financiación y a las reducidas cuantías del Nivel Mínimo. La Administración General del Estado aporta el 22,6% del gasto público y las comunidades autónomas aportan el 77,4% restante.
13.El recorte acumulado de la AGE en dependencia, tras el RD-ley 20/2012, asciende a 2.865 millones de euros considerando la supresión del nivel acordado, la reducción del nivel mínimo y la supresión de las cotizaciones de cuidadoras familiares. El quebranto para las comunidades autónomas por los recortes en su financiación, a pesar de la rebaja de sus costes, supera los 900 millones de euros desde 2012 a finales de 2015.
14.El SAAD muestra una sorprendente capacidad para la generación de empleo y para la obtención de retornos. En 2015, la ratio de empleos directos por millón de gasto público es de 35, y la tasa de retorno es del 38,3%.
15.Si se atendiera ya a las 384.000 personas en espera –cumpliendo así con la Ley- se generarían más de 90.000 empleos directos ex-novo, y con un incremento del gasto público de 1.631 millones de euros/año (2.643 M€/año de los que se recuperarían 1.012 M€/año). Todo ello sin considerar que el modelo puede mejorarse aún mucho en coste-eficiencia y sin calcular los retornos inducidos.

Evolución de la atención a personas en situación de dependencia 2011-2015

El siguiente gráfico muestra cómo la lista inicial de personas con derecho pero que estaban desatendidas, pasó de 305.941 a finales de 2011 a 157.455 a finales de 2014.  Dicha bajada en la lista de espera no se produjo por un incremento de personas atendidas que permaneció en torno a 750.000 personas.


El incremento de atendidos a finales de 2015 sí resultaría muy significativo, junto con el incremento de personas en espera de atención que proviene de la incorporación de las personas con Grado I en julio de 2015. 

Evolución de personas con derecho a atención y personas atendidas 2008-2015

En el siguiente gráfico se aprecia la relación entre las personas con derecho a atención y las personas efectivamente atendidas por el SAAD. La distancia entre ambas líneas es, en palabras de la Asociación, el gap vergonzante del “limbo de la dependencia” y el sentido de la línea de personas atendidas (ascendente o descendente) denota una primera época de crecimiento, minorado a mediados de 2009 (2ª legislatura de Zapatero), seguida de una segunda época de freno e incluso disminución de personas atendidas que repunta en el último semestre de 2015.
Se aprecia cómo a partir de diciembre de 2011 (iniciándose la legislatura del Gobierno de Mariano Rajoy) se adoptaron dos decisiones que alteraron la tendencia de lógico ascenso que llevaba el sistema. La primera fue la retirada del derecho a atención a los entonces dependientes con Grado I nivel 2 y la aprobación de un primer retraso en la aplicación del calendario mediante el primer Real Decreto-ley de la entonces recién nombrada ministra Ana Mato (Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre). Esta moratoria en el calendario se vería ampliada posteriormente por el Real Decreto-ley 20/2013, de 13 de julio. 



Acceso al informe completo pinchando en la imagen
http://www.directoressociales.com/images/documentos/dictamenes/XVIdictamen/XVI%20DICTAMEN%20del%20OBSERVATORIO.pdf


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